La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), emitida en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Alicante, aborda la interpretación de la Directiva (UE) 2019/1023 sobre reestructuración e insolvencia. Aunque la resolución se centra en la posibilidad de excluir los créditos de derecho público (fiscales y de seguridad social) de los mecanismos de exoneración, también tiene importantes implicaciones indirectas en la figura de la derivación de responsabilidad tributaria, un mecanismo utilizado por las administraciones fiscales para garantizar el cobro de estas deudas.
Este artículo analiza los principales puntos de la sentencia, sus implicaciones en la exoneración de deudas públicas y cómo puede impactar en la derivación de responsabilidad en procedimientos concursales.
1. Contexto de la sentencia: Exclusión de deudas públicas
El caso surge a raíz de un litigio en España, donde dos particulares en concurso solicitaron la exoneración de una deuda fiscal significativa frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). La normativa española, conforme al artículo 491 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), excluye explícitamente las deudas de derecho público de los mecanismos de exoneración total. Sin embargo, los deudores argumentaron que esta exclusión podría ser incompatible con la normativa europea, en particular con los principios de la Directiva sobre reestructuración.
El TJUE concluyó que:
- La Directiva 2019/1023 no impone una lista exhaustiva de los créditos que deben ser exonerables. Los Estados miembros tienen margen de maniobra para excluir ciertas categorías, como las deudas tributarias, siempre que exista una justificación adecuada conforme a su legislación nacional.
- Corresponde a los tribunales nacionales (en este caso, la Audiencia Provincial de Alicante) verificar si la exclusión de estas deudas es razonable y está alineada con los objetivos de la Directiva, que busca equilibrar la recuperación económica del deudor y los intereses de los acreedores.
2. La derivación de responsabilidad en el contexto de la exoneración
La derivación de responsabilidad es una herramienta que permite a las administraciones públicas reclamar a terceros (generalmente administradores sociales, representantes legales o socios) las deudas tributarias impagadas de empresas o deudores en insolvencia. En este contexto, la sentencia del TJUE tiene implicaciones importantes, aunque no aborde directamente esta figura:
a) Reforzamiento de la exclusión de las deudas públicas
La exclusión de los créditos fiscales y de seguridad social de los mecanismos de exoneración significa que estas deudas permanecen vigentes tras la conclusión del concurso. Esto permite a las administraciones fiscales continuar utilizando la derivación de responsabilidad como una herramienta para recuperar las deudas impagadas, incluso después de que el deudor principal haya agotado su proceso concursal.
b) Análisis de proporcionalidad y justificación
El TJUE enfatiza que las exclusiones deben estar justificadas conforme a los objetivos de la Directiva. Esto abre la posibilidad de cuestionar la derivación de responsabilidad cuando su aplicación sea desproporcionada o contraria al principio de rehabilitación económica del deudor. Por ejemplo, si un administrador ha actuado de buena fe y ha cumplido con sus obligaciones en el procedimiento concursal, podría argumentarse que la derivación vulnera su derecho a la segunda oportunidad.
c) Responsabilidad subsidiaria de los administradores
En el sistema español, la derivación de responsabilidad a los administradores suele basarse en el incumplimiento de deberes tributarios (como no ingresar retenciones) o en actos dolosos o negligentes. Sin embargo, tras esta sentencia, podrían plantearse litigios argumentando que la derivación no debe aplicarse automáticamente en casos de concurso si contradice los principios de la Directiva europea, que prioriza la reestructuración y la rehabilitación económica del deudor.
3. Retos y oportunidades legales tras la sentencia
La sentencia del TJUE podría abrir nuevas vías para los deudores y sus representantes legales a la hora de enfrentar la derivación de responsabilidad en procedimientos concursales:
a) Cuestionamiento de la exclusión de las deudas públicas
Aunque el TJUE valida la exclusión de los créditos públicos, también deja claro que esta debe estar suficientemente motivada. Esto podría ser aprovechado para plantear recursos o demandas en casos donde la exclusión no esté adecuadamente justificada o donde la derivación de responsabilidad sea desproporcionada.
b) Proporcionalidad en la derivación de responsabilidad
Los tribunales nacionales podrían aplicar un enfoque más restrictivo a las derivaciones de responsabilidad en el contexto de concursos, analizando si estas son compatibles con los principios de la Directiva y si respetan el equilibrio entre los derechos del acreedor (en este caso, la AEAT) y la recuperación económica del deudor o sus administradores.
c) Posibles cambios legislativos
Si se detectan conflictos entre la legislación española y los objetivos de la normativa europea, podría incentivarse una reforma del TRLC para ajustar el tratamiento de las deudas públicas y la derivación de responsabilidad. Por ejemplo, ampliando las excepciones para permitir la exoneración parcial de deudas fiscales en casos específicos, como ya sucede con los primeros 10.000 euros de deuda.
4. Estrategias para litigar casos de derivación de responsabilidad
Los despachos especializados en derecho concursal pueden aprovechar el marco interpretativo del TJUE para defender a sus clientes en casos de derivación de responsabilidad, utilizando las siguientes estrategias:
- Argumentar la desproporcionalidad: Demostrar que la derivación de responsabilidad, en combinación con la exclusión de la exoneración, genera un resultado excesivo y contrario al principio de segunda oportunidad.
- Alegar buena fe: Resaltar el cumplimiento de los deberes legales del administrador en el procedimiento concursal como un elemento para evitar la derivación.
- Invocar el espíritu de la Directiva: Argumentar que la aplicación rígida de las normas nacionales puede vulnerar los objetivos de la Directiva, especialmente si obstaculiza la recuperación económica de los deudores o de terceros responsables.
5. Conclusión: Una puerta entreabierta para el cambio
La sentencia del TJUE refuerza la autonomía de los Estados miembros para excluir las deudas públicas de la exoneración de pasivo, pero también introduce nuevos elementos de análisis que podrían cuestionar tanto estas exclusiones como la aplicación de la derivación de responsabilidad en casos específicos.
Aunque a corto plazo la AEAT mantiene una posición sólida para continuar derivando responsabilidades por deudas fiscales, esta sentencia podría incentivar futuras reformas legales o generar jurisprudencia favorable a los deudores, especialmente en lo que respecta a la proporcionalidad y justificación de estas medidas.
En este contexto, los despachos especializados en derecho concursal tienen una oportunidad única para desarrollar estrategias innovadoras que equilibren los intereses de acreedores y deudores, maximizando las oportunidades de sus clientes en un terreno normativo en constante evolución.